
Noticias Argentinas difundio que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) habilitó la apertura y el funcionamiento de cuentas sueldo denominadas en dólares estadounidenses, mediante la Comunicación “A” 8460/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La normativa incorpora al dólar entre las monedas admitidas para las cuentas utilizadas por los trabajadores para recibir los fondos derivados de una relación laboral.
A partir de la entrada en vigencia de la medida, las entidades financieras deberán permitir los depósitos y las extracciones de efectivo en la misma moneda en la que esté denominada la cuenta, en la sucursal donde se encuentre radicada.
Además, cuando exista disponibilidad operativa, los bancos podrán habilitar retiros en otras sucursales, cajeros automáticos y terminales habilitadas.
La comunicación también establece que la gratuidad prevista para las cuentas sueldo alcanzará a los fondos provenientes de la relación laboral que permanezcan acumulados en la cuenta, sin establecer un límite temporal para ese beneficio.
El Banco Central aclaró que la disposición regula el funcionamiento bancario de este tipo de cuentas, pero no implica, por sí sola, la autorización para que las remuneraciones sean abonadas en moneda extranjera.
En ese sentido, precisó que para efectuar el pago de salarios en dólares deberá existir una base legal o contractual que habilite expresamente esa modalidad de remuneración.